La Audiencia Provincial ratifica la sentencia de un juzgado de San Javier que condenó a un hombre a pagar 150 euros por un delito de amenazas

La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia de un juzgado de instrucción de San Javier que condenó a un hombre al pago de una multa de 150 euros por decir a un empresario, su esposa y al hijo del matrimonio con “reventarlos” si no le daban trabajo.

La sentencia, señala que el juez declaró probado que los hechos ocurrieron el cinco de agoto de 2017, cuando el acusado se presentó en la explotación agrícola propiedad aquellos y le solicitó trabajo.

El empresario, en presencia de sus familiares, le dijo que, en contra de lo ocurrido en veces anteriores, en esa ocasión no podía acceder a su solicitud, ya que no tenía ningún puesto laboral en ese momento.

Fue entonces cuando el denunciado pronunció la frase por la que fue condenado por un delito leve de amenazas tras exponer la sentencia del juzgado que las mismas causaron al empresario “temor a que pudiera causarle algún mal”.

En su recurso, el acusado señaló, entre otras alegaciones, que no podía admitirse que el empresario hubiera sentido temor por aquella expresión, ya que tardó tres días en presentar su denuncia.

Sobre ese extremo, la Audiencia, al desestimar el recurso, comenta que “poco o nada afecta tal circunstancia a la credibilidad del testimonio del empresario, máxime si se tiene en cuenta que los hechos ocurren un sábado y se denuncian el lunes siguiente; por otra parte, la existencia de cierto temor no es incompatible con la reflexión sobre la conveniencia de formular denuncia”.