La Consejería de Salud no analiza la calidad de las aguas en las playas fluviales desde los años 90

La Consejería de Salud no controla la presencia de contaminación microbiana, residuos o sustancias químicas en las zonas de baño, como ríos o pozas en la Región de Murcia, que en los últimos años viven una explosión de visitantes, sobre todo de residentes en los municipios de interior

No hay control sanitario en las playas fluviales de la Región de Murcia desde la década de los 90 del siglo pasado. Los ríos o pozas de la cuenca del Segura ofrecen cada verano una oportunidad refrescante para escapar del calor y su demanda ha sido tal que en los últimos años varios ayuntamientos han tenido que regular los accesos para evitar masificaciones y daños medioambientales.

En la Región hay censadas 84 zonas de baño por la Consejería de Salud, donde su departamento de Salud Pública tiene la obligación de realizar controles de la calidad del agua. Todas esas zonas para bañarse están situadas en la costa y ninguna en el interior, ya que hace tres décadas la Comunidad excluyó de estos análisis las playas fluviales por la deficiente calidad del agua y por el bajo número de usuarios.

A día de hoy, 13 playas de Águilas, seis de Los Alcázares, 32 de Cartagena, dos de Lorca, diez de Mazarrón, 14 de San Javier, seis de San Pedro del Pinatar y una en La Unión, ubicadas tanto en el mar Mediterráneo como en el Mar Menor, están sometidas a controles periódicos durante las temporadas de verano como la actual, donde está previsto que se hagan diez muestreos de mayo a septiembre salvo en seis de ellas, que solo tienen programados siete controles.

Por contra, la Consejería de Salud no lleva a cabo estos controles en las pozas o playas fluviales como las ubicadas en torno al río Segura o sus afluentes en los municipios de Archena, Blanca, Abarán, Abanilla, Moratalla, Mula, Calasparra, Bullas, Jumilla, entre otros. En estos territorios cada verano y más en los últimos años se ha apostado por controlar y facilitar el baño, por un lado limitando el aforo y por otro colocando, por ejemplo, plataformas flotantes o rampas de acceso.

El departamento de Juan José Pedreño tiene la obligación de analizar la presencia de contaminación microbiana o de otros organismos, residuos o sustancias químicas que afecten a la calidad de las aguas de baño y entrañen un riesgo para la salud de los bañistas. En los informes que elabora para las playas marinas, Salud Pública indica los niveles de bacterias fecales que se pueden hallar; señala también si dicha zona es apta para el baño o no y a su vez da indicaciones de los problemas con los que se puede encontrar una persona, como fango o acumulación de algas en descomposición como ocurre en distintas playas del Mar Menor.

El real decreto de 2007 sobre la gestión de la calidad de las aguas de baño obliga a las comunidades a hacer estos controles y no, en este caso, a la Confederación Hidrográfica del Segura. Fuentes del organismo admiten que en los sucesivos planes de cuenca no se ha reconocido ninguna zona de baño fluvial como agua apta para el baño, pero la razón que esgrime la Consejería de Salud es que estos controles sanitarios los deben solicitar los ayuntamientos, algo que no viene reflejado en el real decreto.

Al departamento sanitario hasta ahora no le consta que ningún consistorio haya solicitado esta medida. «Debido a que la calidad de agua no era óptima para el baño, en los años 90 estas aguas se eliminaron del control sanitario oficial. A día de hoy, ningún ayuntamiento ha solicitado de nuevo este control sanitario, por lo que no están declaradas» como zonas aptas para el baño.

Sistema NÁYADE

La norma estatal establece como aguas de baño «cualquier elemento de aguas superficiales donde se prevea que puedan bañarse un número importante de personas o exista una actividad cercana relacionada directamente con el baño y en el que no exista una prohibición permanente de baño ni se haya formulado una recomendación permanente de abstenerse del mismo y donde no exista peligro objetivo para el público». Entiende, también, como playa un «margen, orilla o ribera que rodea las aguas de baño continentales o marítimas».

Cada año, el Ministerio de Sanidad tiene la obligación de trasladar a la Comisión Europea el censo anual de todas las aguas de baño del territorio nacional para la temporada que se inicia. Estos datos se incluyen en el Sistema de Información Nacional de Aguas de Baño (NÁYADE).

Medidas en las playas
El Salto del Usero (Bullas)

El acceso al paraje del Salto del Usero se encuentra regulado este año entre el 5 de junio y el 26 de septiembre. La entrada se escalona en varios turnos y el aforo máximo en cada uno es de 50 personas. La reserva para acceder es gratuita y solo se cobra por el aparcamiento próximo al paraje.

La playa del Jarral

En las temporadas de verano, el Ayuntamiento de Abarán regula los accesos y el aforo durante, y las normas de uso durante todo el año.

Plataformas en Blanca

En el tramo del río Segura a su paso por Blanca, los vecinos pueden acceder al río desde varias plataformas flotantes.

Fuente Caputa

Debido a la afluencia de gente, este año es el primero que hay socorristas en la poza principal.

Fuente: laopiniondemurcia.es