El juez procesa por presunta corrupción a un antiguo alcalde del Partido Popular en San Javier

José Hernández irá a juicio junto con el exarquitecto municipal Miguel Botella por favorecer presuntamente a grandes promotoras.

El titular del juzgado de Instrucción número 1 de San Javier, en dos autos notificados este miércoles, da por concluida al cabo de trece años la investigación de las dos primeras piezas del denominado ‘caso Valhalla’, abierto por una querella de la Fiscalía por corrupción urbanística en el municipio de San Javier, en los tiempos en que era el regidor municipal José Hernández, del Partido Popular.

Los hechos objeto de la pieza ‘número 1’ serían, según el juez instructor, constitutivos de un delito de negociaciones prohibidas de funcionarios públicos, en concurso con un delito de asociación ilícita, cometido a través de la mercantil Gruparq 3 SL, así como de delitos de cohecho, prevaricación y tráfico de influencias cometidos por el que fuera arquitecto municipal de San Javier, Miguel Botella, respecto de los proyectos de las constructoras Peinsa e Inmonova.

En concreto, el instructor señala a tres arquitectos, entonces con funciones en distintos municipios, entre ellos el de San Javier, que decidieron crear un despacho profesional de arquitectura que habría de gestionar los proyectos encargados a los tres de manera independiente. Y que, además, les permitiría «soslayar la eventual incompatibilidad» por razón del cargo de arquitecto técnico municipal del Ayuntamiento de San Javier de uno de ellos».

Según el relato de hechos recogido en la resolución, «para dicho fin se sirvieron de sus esposas, sí bien no puede dejar de llamarse la atención sobre el hecho de que las investigadas son personas sin cualificación técnica de arquitectos o ingenieros, actuando como meras figurantes en la trama concebida por sus esposos, siendo precisamente dichas investigadas las que crearon efectivamente la sociedad Gruparq».

«Benevolencia y fluidez»

Las diligencias de investigación revelan, a juicio del instructor, que «a través de las funciones municipales que realizaban creaban una suerte de expectativa positiva y favorable de la realización del proyecto, así como de la celeridad en su tramitación, en la medida que garantizaban a los clientes que los proyectos realizados por ellos y a través de Gruparq 3 S.L. se resolverían más rápidamente y de manera más favorable que otros». Lo que hacía, presuntamente, era, «garantizar la benevolencia y fluidez administrativa si se les confiaban los proyectos».

Destaca en este punto el magistrado que «lo anterior dio lugar a que la mayoría de los proyectos urbanísticos que pueden ser calificados como grandes en el ámbito de San Javier fueran encomendados a dicho estudio», y los cifra en trece sobre diecisiete. Entre otros, los planes parciales de El Recuerdo, Rotonda El Mirador, Roda Golf, Señoría de la Roda, Tierras Nuevas y El Mirador Sur.

Además, el instructor señala a cuatro empresas de entre las promotoras y constructoras que contrataron a Gruparq 3: Peinsa, Grupo Ladera, Grupo Martínez Esparza e Inmonova; centrándose la primera pieza sólo en la eventual responsabilidad penal en las relaciones con la primera y la última.

Peinsa e Inmonova

Respecto de Peinsa, entiende el instructor que se facilitó la ejecución de los proyectos urbanísticos redactados por J.P.S.T (ya fallecido), socio de hecho de Miguel Botella. El despacho llegó a facturar 3,9 millones euros entre los tres arquitectos de 2001 a 2007.

Por lo que se refiere a Inmonova, el auto recoge que Miguel Botella actuó en representación de la parte vendedora de dos fincas a esta empresa, que después formaron parte del Plan Parcial Senda del Recuerdo, que sufrió numerosas modificaciones y ampliaciones informadas por aquel.

Y concluye la resolución ordenando que continúe el procedimiento contra los dos de los tres arquitectos, Miguel Botella y José Mariano Sánchez, ya que el tercero falleció; además de sus esposas, M.T.F.P., M.A.E.M. e I.M.V.V.; y los legales representantes de las empresas citadas.

Ladera Dos Mares

En un segundo auto, que cierra la instrucción de la segunda pieza del procedimiento, el instructor considera «indiciariamente acreditado» que el Servicio de Urbanismo de San Javier, gestionado por el entonces alcalde, José Hernández, y dirigido por el que fuera arquitecto municipal, Miguel Botella, actuó en La Manga del Mar Menor «como si los polígonos fuesen simples solares urbanos», en vez de unidades de actuación que necesitan previa gestión y urbanización. «Permitiendo de esta manera que se edificara en terreno no edificable, al menos directamente, y con perjuicio para el Ayuntamiento, pues no percibía la parte del 10 % de aprovechamiento que le correspondía según ley».

Actuación que, según el magistrado, «convenía a distintos intereses, fundamentalmente de promotoras» relacionadas con el alcalde y el arquitecto. En este caso, el grupo Ladera 2 Mares.

Además, el auto señala como otro hecho delictivo que motiva la formación de la presente pieza el convenio urbanístico firmado por el alcalde y el legal representante de Ladera 2 Mares del Mediterráneo S.A., en 2004. En el que acepta por el Ayuntamiento de San Javier «una suerte de permuta de terreno», entregando a la empresa un total de 45.463 m2 a cambio de 68.644 m2, que era «en realidad dominio público marítimo terrestre y que, a efectos jurídicos, resultaría inexistente».

Hechos todos ellos que pudieran constituir delitos de malversación de caudales públicos, falsedad en documento público, tráfico de influencias y prevaricación, así como de un delito contra la ordenación del territorio. En ellos, además de José Hernández y Miguel Botella, habrían participado los técnicos municipales S.T.S., A.N.M. y F.J.G.N. y A.L.G.S., administradores de Ladera Dos Mares.

Queda por concluir la instrucción de la tercera pieza, centrada en la actuación del entonces alcalde, para determinar si hubo abuso y prevalimiento del cargo público en su beneficio.

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Fuente: laverdad.es