A cinco días de votar el texto definitivo de la Ley de Protección Integral del Mar Menor y con 70 enmiendas aprobadas por los grupos políticos con representación en la Asamblea, la normativa regional que protege la laguna recibe un lavado de cara en varios artículos cuya eficacia se verá con el tiempo y si se logra realmente su cumplimiento. La punta de lanza en el debate de las enmiendas entre partidos fue la ampliación de la franja libre de fertilizantes en torno al Mar Menor, que pasará de 500 a 1.500 metros.
Más allá de este kilómetro ganado en la ribera de la laguna, el renovado artículo 29 de la ley establece que solo la agricultura ecológica, sostenible o de precisión podrá emplear fertilizantes si se encuentran a más de 500 metros. Lo podrán hacer si no emplean más de 170 kg de nitrógeno por hectárea y año y si reservan el 20% del suelo (antes el 5%) para un sistema de retención de nutrientes como filtros verdes, fajas de vegetación como arbustos, humedales o biorreactores. Quedará prohibida la instalación de nuevos invernaderos y la ampliación de los existentes, así como el cultivo de regadío (en este caso ecológico o sostenible) si las parcelas no cuentan con derechos consolidados de aprovechamiento de aguas, en las que se compruebe que sus prácticas agrarias implican un exceso de nitrógeno o que las disposiciones de los cultivos favorecen la circulación de escorrentías.
El Plan de Ordenación Territorial (POT) será el que pueda «ampliar las áreas sometidas a las restricciones de la actividad agrícola previstas en el artículo 29, así como establecer nuevos límites y condiciones», aunque para eso habrá que esperar tres años hasta su elaboración final, un plazo que se ha recortado dos años tras ser pactado por PSOE, PP y Cs. Aprobada la enmienda, el territorio de actuación de este plan se amplía a la zona 1 y 2 de la cuenca vertiente del Mar Menor, así como La Manga. La instalación de nuevos invernaderos en toda la cuenca estará sujeta a una moratoria de tres años hasta que se apruebe el POT.
El artículo que regula el Plan de Ordenación Territorial ya contemplaba un corredor ecológico en torno al Mar Menor que actúe como filtro natural ecosostenible que tenga como función retener las escorrentías durante los fuertes episodios de precipitaciones. Otra de las enmiendas pactadas por los tres partidos contempla ahora que aquellos regadíos que acrediten la previa existencia de un cultivo de secano, igualmente se exigirá la restitución a un estado natural compatible con el uso forestal. Esta actuación se lleva a cabo en el marco de restituir a masa forestal aquellos regadíos ilegales que hayan sido cesados o prohibidos por resolución firme de la Confederación Hidrográfica del Segura, y se hará plantando en estas parcelas «especies arbóreas, abustivas y herbáceas compatibles con el uso forestal».
En el cambio en el artículo que regula los sistemas de cultivos se incluye ahora la coletilla de que todas las actuaciones encaminadas a promover la progresiva transformación de la actividad agrícola en agricultura sostenible tendrá que ser «de acuerdo a criterios técnicos (tipología del suelo, disponibilidad y calidad del agua, pendiente del terreno, niveles piezómetros)».
En lo referente al apartado que regulaba la calidad del agua, Podemos ha logrado que se aprobara su enmienda que implica la eliminación de este artículo al considerar que invadía competencias y que atribuía al riesgo de lixiviación el estado de la calidad del agua, omitiendo que este depende del uso de los fertilizantes.
La instalación de nuevas explotaciones porcinas estaba prohibidas en la zona 1 (franja más próxima al Mar Menor y que también contempla la cuenca de la Sierra Minera). Con la nueva enmienda acordada esta prohibición se extiende al resto de tipos de ganado.
Tres años de moratoria
Al reducir de cinco a tres años el tiempo máximo para aprobar el Plan de Ordenación Territorial, la moratoria para nuevos desarrollos urbanísticos pierde dos años dentro del ‘Área de exclusión temporal’ (terreno coincidente con la zona 1). La ley incluirá ahora que «la suspensión de autorizaciones de interés público» en el área afectada por la moratoria «no será de aplicación en el caso de actuaciones de interés regional, proyectos declarados de interés turístico o proyectos estratégicos en los que se acredite su no afección al Mar Menor».
Respecto a los puertos deportivos, el decreto ley aprobado en diciembre de 2019 solo contemplaba que estas instalaciones en Los Urrutias y Los Nietos deberían presentar un estudio de afecciones a la dinámica litoral, mientras que ahora tendrán que ser todos los puertos deportivos del Mar Menor.
En lo que compete a la protección del patrimonio cultural del Mar Menor, Podemos ha logrado incluir en el artículo 74 que «las actuaciones de conservación o restauración del patrimonio cultural en el ámbito de los Espacios Protegidos del Mar Menor y la Franja Litoral Mediterránea requerirán de un informe de la Consejería» con el objetivo de garantizar que se mantengan los estilos arquitectónicos tradicionales en las construcciones y edificaciones de nueva planta. El cambio establece también que se protegerá a las construcciones históricas evitando que se implanten nuevos estilos arquitectónicos en las edificaciones de los casos antiguos de las localidades marmenorenses y en las nuevas construcciones.
Vigilancia y Alto Comisionado
El PSOE, por una parte, ha logrado sacar adelante la creación de un Registro de Expedientes Sancionadores que tendrá carácter público y dependerá de la Consejería de Medio Ambiente, y deberá ponerse en marcha en el plazo máximo de tres meses desde la entrada en vigor de esta ley.
Por otra parte, el Partido Popular, con el apoyo de Ciudadanos, apuntará en la nueva ley que «convendría» crear la figura del Alto Comisionado del Mar Menor, un organismo que lleva tiempo pidiendo y ya había solicitado al Estado su apoyo a esta medida con el nombramiento de un representante del Gobierno central.
Fuente: laopiniondemurcia.es